TRANSPARENCIA
Es toda información que la Entidad tiene obligación de tener publicada para dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Artículo 8°. Información Fundamental General
1. Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados, la siguiente:
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública, que comprende:
a) La Ley General, la presente Ley y su Reglamento;
b) El reglamento interno para el manejo de la información pública del sujeto obligado;
c) Los lineamientos estatales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto;
f) Los lineamientos generales que emita el Sistema Nacional;
g) Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia;
h) Dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información;
l) El nombre del encargado, teléfono, fax, y correo electrónico de la Unidad;
II. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:
III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:
V. La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende:
a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Presupuesto de Egresos del Estado, así como los conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;
d) Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;
e) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, así como la plantilla del personal del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, en la que se incluya el número total de plazas del personal de base, del personal de confianza y las vacantes;
h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años;
- 1.- Área;
2.- Denominación del programa;
3.- Periodo de vigencia;
4.- Diseño, objetivos y alcances;
5.- Metas físicas;
6.- Población beneficiada estimada;
7.- Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
8.- Requisitos y procedimientos de acceso;
9.- Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
10.- Mecanismos de exigibilidad;
11.- Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
12.- Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
13.- Formas de participación social;
14.- Articulación con otros programas sociales;
15.- Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente;
16.- Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas;
17.- Padrón de beneficiarios, mismo que deberá contener nombre de la persona física o denominación social de las personas jurídicas beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, edad y sexo; y
18.- Además de lo señalado en los numerales anteriores, en el caso de donaciones, estímulos y apoyos hechos a terceros en dinero o en especie, otorgados por el sujeto obligado, se deberá señalar el concepto o nombre del donativo, estímulo o apoyo, monto, nombre del beneficiario, temporalidad, criterios para otorgarlo, así como el acta minuta u oficio de aprobación
ñ) Los padrones de proveedores o contratistas, de cuando menos los últimos tres años;
o) La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
1.- La propuesta enviada por el participante;
2.- Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
3.- La autorización del ejercicio de la opción;
4.- En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
5.- El nombre de la persona física o jurídica adjudicada;
6.- La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
7.- El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
8.- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9.- Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
10.- El convenio de terminación; y
11.- El finiquito;
p) La información sobre concursos por invitación y licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
1.- La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
2.- Los nombres de los participantes o invitados;
3.- El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
4.- El área solicitante y la responsable de su ejecución;
5.- Las convocatorias e invitaciones emitidas;
6.- Los dictámenes y fallo de adjudicación;
7.- El contrato y, en su caso, sus anexos;
8.- Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9.- La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
10.- Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
11.- Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;
12.- Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
13.- El convenio de terminación; y
14.- El finiquito;
t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años;
u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública;
VI. La información sobre la gestión pública, que comprende:
VII. Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos seguidos;
VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado
IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto
X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza,así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como
XI. Los estudios financiados con recursos públicos;
XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como de su destino, indicando el destino de cada uno de ellos
XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como de su destino, indicando el destino de cada uno de ellos