En cuestión de la información de cuentas públicas y demás informes de gestión financiera; así como las auditorías internas y externas se debe de considerar la Legislación existente y las leyes vigentes;
En razón del acuerdo que armoniza la estructura de la cuenta pública que salió publicada en el diario oficial de la federación el día 30 de diciembre del 2013 en el punto 5. B. b.2. que señala el Tomo del Poder Legislativo contendrá los apartados para los entes públicos de la Legislatura de la Entidad Federativa, en su caso, por los estados financieros y demás información presupuestaria, programática y contable de las entidades de Fiscalización Superior del Estado y la de otros entes públicos se estructurará de la siguiente forma atendiendo a lo dispuesto en el artículo 53 de la LGCG.
- Información Contable, incluyendo el Estado de Actividades y el Flujo de Efectivo.
- Información presupuestaria.
- Información programática.
- Anexos, que incluirán todos los establecidos en diferentes ordenamientos que señalan la obligación de incorporar reportes específicos en la integración de la cuenta pública, así como los que el ente público considere convenientes.