Reglamento Interno de la Auditorķa Superior del Estado de Jalisco |
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Artículo 30. La Unidad de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales estará adscrita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y su titular tendrá las siguientes atribuciones; | ||
I. Promover la cultura de transparencia, el derecho a la información y la protección de datos personales; II. Auxiliar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el cumplimiento de las obligaciones y facultades que le corresponden en su carácter de Unidad de acceso correspondiente de la Auditoría Superior; III… Administrar los sistemas implementados, mediante el cual divulgue la información fundamental, por el sujeto obligado, así como las cuentas de acceso correspondientes de la Auditoría Superior; IV. Coordinar la actualización mensual de la información fundamental del sujeto, obligado, alertando a las unidades administrativas que no remitan o publiquen la información de las competencias internas a los mismos; V. Remitir un informe bimestral de Auditor Superior del estado de publicación de la información fundamental; y VI. Orientar y apoyar preferentemente con el personal de cada Unidad Administrativa de la Auditoría Superior de atención al público, a los solicitantes de información para el ejercicio de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.
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