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Reglamento Interno de la Auditorķa Superior del Estado de Jalisco
 
Artículo 30.  La Unidad de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales estará adscrita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y su titular tendrá  las siguientes atribuciones;
 
 

 

I. Promover la cultura de transparencia, el derecho a la información y la protección de datos personales;

II. Auxiliar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el cumplimiento de las obligaciones y facultades que le corresponden en su carácter de Unidad de acceso correspondiente de la Auditoría Superior;

III… Administrar los sistemas implementados, mediante el cual divulgue la información fundamental, por el sujeto obligado, así como las cuentas  de acceso correspondientes de la Auditoría Superior;

IV. Coordinar la actualización mensual de la información fundamental del sujeto, obligado, alertando a las unidades administrativas que no remitan o publiquen la información de las competencias internas a los mismos;

 V. Remitir un informe bimestral de Auditor Superior del estado de publicación de la información fundamental; y

VI. Orientar y apoyar preferentemente con el personal de cada Unidad Administrativa de la Auditoría Superior de atención al público, a los solicitantes de información para el ejercicio de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.


 
 
 
 
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