Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Jalisco y sus Municipios. |
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Artículo 25. | ||
1. La Dirección General de Administración tiene las siguientes atribuciones: I. Administrar los recursos financieros, humanos y materiales de la Auditoría Superior conforme a las disposiciones aplicables y las políticas y normas emitidas por el Auditor Superior; II. Prestar los servicios necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones en que opere la Auditoría Superior; III. Preparar el anteproyecto de presupuesto anual de la Auditoría Superior, ejercer y glosar el ejercicio del presupuesto autorizado y elaborar la cuenta comprobada de su aplicación; IV. Implantar y mantener un sistema de contabilidad de la Auditoría Superior que registre las operaciones que requiera su propia administración; V. Tramitar los nombramientos que el Auditor Superior haya expedido conforme al presupuesto aprobado por el Congreso del Estado; VI. Adquirir los bienes y servicios y celebrar los contratos correspondientes, en su caso con el apoyo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, necesarios para el funcionamiento de las unidades administrativas, conforme a la normatividad aplicable; y VII. Las demás que señalen otras disposiciones aplicables.
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Reglamento Interno de la Auditoría Superior del Estado de Jalisco |
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Artículo 28. La Dirección General de Administración tendrá además las siguientes atribuciones y obligaciones; | ||
I. Fungir como la Unidad Centralizada de Compras de la Auditoría Superior; II. Fungir como área coordinadora de archivos e la Auditoría Superior; III. Mantener documentadas de manera completa y transparente las adquisiciones realizadas y generar información estadística para la conformación de informes; IV. Supervisar, controlar y ejercer los recursos asignados al fondo revolvente de la Auditoría Superior; V. Diseñar, analizar y actualizar los tabuladores de sueldos y prestaciones, así como elaborar la plantilla de personal que integrará el anteproyecto de Presupuesto de Egresos; VI. Administrar las altas y bajas del personal de la Auditoría Superior, así como tramitar los nombramientos correspondientes, de conformidad a la plantilla de personal y su presupuesto asignado; VII. Tramitar y dar seguimiento a todas las acciones relativas a los nombramientos, contrataciones, promociones, transferencias, reubicaciones, comisiones, suspensiones, licencias. permisos, renuncias, altas, bajas, incapacidades, vacaciones. seguridad social, pensiones, nóminas, prestaciones, reporte de incidencias, control de asistencias y demás movimientos del personal de la Auditoría Superior VIII. Promover la publicación de convocatoria correspondiente para la ocupación de plazas que atañan al Servicio Profesional de Carrera; IX. Participar, por invitación del Auditor Superior, en la revisión de las condiciones generales de trabajo aplicables a los servidores públicos de la Auditoría Superior, difundirlas entre el personal y vigilar su cumplimiento; X. Vigilar que el personal se ajuste, en el desempeño de sus labores, a lo señalado por la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, la normatividad en materia de condiciones generales de trabajo y demás ordenamientos internos correspondientes; XI. mantener actualizado y administrar el inventario de bienes muebles e inmuebles; XII. Llevar el registro, control y análisis de comportamiento presupuestal y financiero de la Auditoría Superior; y XIII. Elaborar los estados financieros y demás información financiera, presupuestal y contable para los efectos de la cuenta pública en los términos de ley.
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